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Comercio

CAMBIO TITULARIDAD

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Ayudas para el mantenimiento del trabajador y trabajadora autónomo

Categoria:

Ayudas y Subvenciones

Organismo:

Servicio Andaluz de Empleo-Consejeria de Empleo

Colectivo:

Personas Beneficiarias: Podrán solicitar la subvención para el mantenimiento, como trabajador o trabajadora Autónomo las personas, que no se encuentren en ninguna causa de exclusión y, que reunan el siguiente requisito:

a. Llevar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen que legal o estatutariamente corresponda, un minimo de un año y un maximo de tres años, a contar desde la apertura del plazo de solicitud de la ayuda para la que solicitan.

A efectos de estas ayudas se entenderan por trabajador o trabajadora Autónoma, la persona fisica que ejerce una actividad economica de forma individual, por cuenta propia, y con hasta cinco trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena, y que tengan residencia y domicilio fiscal en Andalucia.

Organo Competente:

Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo

Plazo Presentación:

-con caracter extraordinario: del 15 de Mayo al 15 de Junio de 2010(ambos inclusive).

-con caracter ordinario: en los meses de Marzo a Septiembre de cada año

Plazo Resolución:

tres meses desde la fecha de entrada de solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación

Observaciones:

Zonas de Actuación y Actividades Preferentes:

a. Se consideraran prioritarias, aquellas actividades ubicadas en areas territoriales preferentes para actuaciones Integrales de Empleo (Zonas ATIPE). (mas información consultar listado de areas territoriales preferentes).

b. Los encuadrado en el ocio, recreo y cultura.

c. Los enmarcados en la protección del medio ambiente, tratamientos de residuos y energias limpias y renovables.

d. Los establecidos entorno a la mejora de la calidad de vida, especialmente los destinados a la rehabilitación y adaptación de viviendas, y espacios públicos.

e. Los relacionados con la asistencia de las nuevas tecnologias de la información y  comunicación. (Para mayor información: consultar listado informativo sobre las actividades preferentes)

Documentación Necesaria:

El Autónomo o Autónoma solicitante debera aportar:

a. Solicitud debidamente cumplimentada y firmada

b. Fotocopia compulsada del poder de representación, en los casos que proceda.

c. Declaración/es responsable sobre la ayuda solicitada.

d. Solicitud de transferencia bancaria firmada por la persona solicitante o, en su caso, la persona que actua en su representación, y la entrada bancaria, según modelo adjunto a la solicitud.

e. Original o copia autentica o autenticada del Alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos o aquel que legal o estatutariamente le corresponda.

f. Solicitud de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Modelo TA. 0521/1 ó Modelo TA 0521/8)

g. Original o copia autentica de la o las facturas que acrediten la inversión realizada, asi como la documentación acreditativa del pago de las mismas.

h. Para los supuestos de personas con discapacidad, inmigrantes o mujer victima de violencia de genero, original o copia autentica o autenticada de la documentación acreditativa emitida por las administraciones competentes en esta materia.

Lugar Presentación:

Los modelos de solicitudes estaran disponibles en la Consejeria de Empleo, en el Servicio Andaluz de Empleo, o se podran obtener y confeccionar mediante descarga telematica en la Oficina Virtual de la Consejeria de Empleo,  accesible a traves del enlace correspondiente en su portal, (www.juntadeandalucia.es/empleo)

Modo Presentación:

Las solicitudes podran presentarse:

a. Preferentemente mediante via telematica con firma digital a través de la Oficina Virtual de Empleo, accesible desde la dirección de internet: www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo

b. En soporte papel en el registro de la correspondiente Dirección Provincial de Empleo de la provincia en la que se desarrolle la actividad Autónoma. Todo ello sin perjuicio de que también puedan presentarse en los Registros y Oficinas a que hace referencia el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Juridico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Seguimiento Expediente:

El seguimiento será realizado por la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo

 

CREA TU EMPRESA

Pasos para la puesta en marcha de una empresa
La creación de una empresa supone una serie de pasos que suelen coincidir con la siguiente relación:
  1. Identifica tu idea: Define la idea de tu negocio, concretala y efectua un primer analisis para determinar si puede tener aceptación en el mercado.
  2. Analizala: Desarrolla tu plan de empresa y el estudio de mercado y determina la viabilidad tecnica comercial y economico-financiera de tu idea.
  3. Formate: Adquiere una formación empresarial básica, desarrolla tus habilidades comerciales y directivas y asegurate de que dispones de la formación específica necesaria sobre la actividad que quieres desarrollar.
  4. Decide: Si tu idea es viable, tienes la formación necesaria y eres consciente del trabajo que tienes por delante, estas en una buena posición para decidirte a crear tu propia empresa.
  5. Consigue tus recursos necesarios: El dinero que necesitas para tus recursos materiales y humanos lo puedes obtener en las entidades financieras, de inversores privados, a traves de tu red de contactos personales y mediantes ayudas y subvenciones.
  6. Constituye la empresa: En función de la forma juridica que hayas escogido realiza todos los tramites legales, fiscales y administrativos necesarios, que pueden tardar en completarse de uno a cuatro meses.
  7. Capta tu primera clientela: Elige el momento comercial mas propicio y empieza tus acciones comerciales para conseguir tu primera clientela y los pedidos y contactos que te permitan empezar a funcionar.
  8. Inicia las actividades: Por fin tu empresa es una realidad, ahora te encuentras con nuevos problemas que pondran a prueba tu capacidad de gestión tanto en el corto plazo (dia a dia) como en el largo (planificación año a año)
  9. Consolida tu empresa: La supervivencia y crecimiento de tu empresa exigiran que te afiances en tu mercado, anticipandote a los cambios y que sepas evaluar tu posición y planificar el futuro.
 

PLAN DE EMPRESA

¿QUE ES UN PLAN DE EMPRESA?

Tambien conocido como plan de viabilidad, es un documento escrito que sirve para analizar una idea de negocio  y que cumple las siguientes funciones:

  • - Identificar, describir y concretar de manera detallada la idea de negocio.
  • - Examinar su viabilidad tecnica (¿se puede realizar?), comercial (¿se va a vender?) y financiera (¿va a ser rentable?).
  • - Desarrollar las estrategias a seguir, los pasos a dar y los recursos a utilizar para convertir esa idea de negocio en una empresa en funcionamiento.

¿A QUIEN LE INTERESA SU ELABORACIÓN?

  • A) La persona o personas que promueven un proyecto empresarial son las primeras interesadas, ya que a traves de este documento dispondran de una herramienta para estudiar y analizar su proyecto, conocerlo mejor, identificar sus puntos fuertes y débiles e iniciar asi el negocio con mayor coherencia y rigor, incrementando sus posibilidades de exito. Ademas le ayudara en la planificación de las tareas necesarias.
  • B) Entidades y personas a las que se vaya solicitar financiación: Bancos, Administraciones Publicas, Inversores particulares, proveedores, etc. El plan de Empresa sirve como "tarjeta de presentación" del proyecto empresarial, sobre todo de cara a la consecución de un préstamo, la captación de inversión del sector privado o la solicitud de ayudas y subvenciones donde suele ser obligatorio.

¿QUE CARACTERISTICAS DEBE REUNIR?

Debe ser realizado por la persona o grupo emprendedor, que contará con la orientación y el asesoramiento del equipo técnico de Area de Desarrollo Empresarial del IMFE.

El nivel de desarrollo del plan de empresa y su contenido puede variar de un proyecto a otro, dependiendo su extensión del volumen de inversión a realizar, la complejidad de la actividad y la dimensión del proyecto entre otros. No obstante, todo plan debe recoger una serie de apartados y dar respuesta a una serie mas o menos similar de preguntas.

Debe ser claro y conciso, de manera que pueda entenderlo facilmente otra persona, y ademas debe ser convincente, puesto que de ello puede depender el conseguir o no los recursos financieros necesarios.

 

CALIFICACION DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

Categoria:

Registro, Autorizaciones y Calificaciones.

Organismo:

Consejeria de Empleo.

Colectivo:

Entidades, personas fisicas o juridicas, comunidades de bienes, Administraciones Públicas, con capacidad juridica y de obrar para ser empresarios.

Organo Competente:

DG Intermediación

Plazo Presentación:

A partir del 13 de Noviembre de 2002

Plazo Resolución:

3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud

Observaciones:

Los Centros Especiales de Empleo realizaran cualquier actividad productiva participando regularmente en las operaciones de mercado y teniendo como finalidad el asegurar en empleo remunerado y as prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad.

Descripción Procedimientos:

Calificación e Inscripcion en la Comunidad Autónoma de Andalucía como Centro Especial de Empleo.

Documentación Necesaria:

Se aportara la documentación indicada en la solicitud

Requisitos:

  • - Los centros de trabajo que quieran ser calificados e inscritos han de estar hubicados en Andalucía.
  • - La plantilla de los centros debe estar conformada, al menos, en un 70% por personas declaradas minusvalidas en un grado igual o superior al 33%

Lugar Presentación:

Delegación Provincial o UTEDLT

Modo Presentación:

Presencial, pudiendo cumplimentar la solicitud via telematica a traves de www.juntadeandalucia.es/empleo

Como se hace:

  • - Presentación de la documentación por el solicitante.
  • - Estudio de la documentación por los técnicos del Sevicio de Empleo.
  • - Requerimiento cuando proceda, disponiendo el solicitante de 10 dias para subsanar la falta.
  • - Propuesta de resolución de Calificación por la Delegación Provincial.
  • - Calificación y Registro en la Dirección General de Empleo e Inserción.
  • - Comunicación de dicha Calificación y Registro a la entidad solicitante a traves de la Delegación Provincial

Seguimiento Expediente:

En el Servicio de Empleo de la Direccion Provincial, previa solicitud de cita.

Persona o Entidad Presentadora:

Entidad solicitante o su representante.

UTEDLT:

Si

 
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